desarrollo de software y aplicaciones web

KIT Consulting

Ayudas para servicios de asesoramiento para la transformación digital de Pymes
Subvenciones del programa agentes del cambio KIT Consulting con Acelera PYME
Fondos Europeos de Recuperación Next GenerationEU
Somos asesores digitales en Gipuzkoa
Ofrecemos servicio en el País Vasco y Navarra

¿Qué es el Programa KIT CONSULTING?

Es un programa de ayudas económicas dirigido a pequeñas y medianas empresas de entre 10 y menos de 250 empleados, que ha puesto en marcha el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para impulsar la digitalización. Cada proyecto tendrá 100% de financiación pública. Kit Consulting cuenta con varios servicios incluidos en «Categorías de servicios de asesoramiento», entre ellos Asesoramiento en Inteligencia Artificial, Análisis de Datos, Ventas Digitales o Ciberseguridad.

Conoce el programa logos programa KIT DIGITAL

¿Cúal es el importe de las ayudas?

Las ayudas tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva.

Con el programa Kit Consulting podrás disponer de un bono digital que te permitirá acceder a las soluciones de asesoramiento digital.

El importe máximo de ayuda por beneficiario depende del Segmento al que se pertenezca.

Para cada Categoría de Servicio de Asesoramiento se estipula un importe máximo de 6.000€.

Segmentos de beneficiarios
Importe del «Bono Asesoramiento Digital»
Segmento A. Empresas entre 10 y menos de 50 empleados. Convocatoria finalizada el 31/03/2025
12.000 €
Segmento B. Empresas entre 50 y menos de 100 empleados. Convocatoria finalizada el 31/03/2025
18.000 €
Segmento C. Empresas entre 100 y menos de 250 empleados. Convocatoria finalizada el 31/03/2025
24.000 €

Conoce todos nuestros servicios de asesoramiento:

¿Cúales son los requisitos para solicitar la ayuda de Bono de Asesoramiento Digital · KIT CONSULTING?

  • Ser PYME de entre 10 y menos de 250 empleados, cuyo domicilio fiscal esté en territorio español.
  • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral.
  • Tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).

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20720 Azkoitia, Gipuzkoa EUSKADI

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